La Defensoría Electoral del Tribunal Electoral del Estado de México tiene su fundamento en diversos ordenamientos federales, estatales e internos que garantizan el derecho de acceso a la justicia electoral de forma gratuita, especialmente para personas pertenecientes a grupos en situación de vulnerabilidad.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Establece las bases del sistema electoral mexicano, los derechos político-electorales de la ciudadanía y el derecho de acceso a la justicia. Fundamento supremo de la Defensoría Electoral como garantía de tutela judicial efectiva.
Ordenamientos del Estado de México
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México
En su artículo 13 establece al Tribunal Electoral como órgano público autónomo, máxima autoridad jurisdiccional en materia electoral, con la facultad de garantizar los principios de constitucionalidad y legalidad de los actos y resoluciones electorales.
Código Electoral del Estado de México
En su artículo 121 Bis establece que la Defensoría Electoral garantiza el acceso a la justicia de forma gratuita, ágil y cercana, con perspectiva de derechos humanos e interculturalidad, para personas pertenecientes a grupos socialmente vulnerables.
Normatividad interna del TEEM
Reglamento Interior del Tribunal Electoral del Estado de México
Define la estructura orgánica del Tribunal, las atribuciones de sus áreas y la ubicación institucional de la Defensoría Electoral dentro del organigrama.
Lineamientos de la Defensoría Pública Electoral del TEEM
Lineamientos para personas que pertenezcan a grupos sociales en situación de vulnerabilidad. Regulan los procedimientos, alcances y principios rectores de la prestación del servicio de defensoría.
Acuerdo General TEEM/AG/4/2023
Acuerdo por el que se crea la Defensoría Pública Electoral para personas que pertenezcan a grupos sociales en situación de vulnerabilidad, como área adscrita al Pleno del Tribunal Electoral del Estado de México.
La Defensoría Electoral opera bajo los principios de gratuidad, accesibilidad, perspectiva de derechos humanos, interculturalidad, igualdad sustantiva y no discriminación.